Audiencia Provincial de València desestimó el recurso de apelación presentado por una mujer que recurrió ante esa instancia superior, inconforme con la sentencia del Juzgado de Instrucción Nº 3 de Gandía que la condenaba por acceder a una vivienda sin tener permiso de sus propietarios y estableció allí su morada.
La mujer se instaló en un chalet, ubicado en el punto kilométrico 205 de la carretera N-332 sentido Alicante, en la zona de Les Deveses de Oliva que es propiedad de varios hermanos
Uno de los hermanos denunció la invasión porque al ser sorprendida la okupa, lejos de marcharse de la vivienda, permaneció allí ''con intención de habitarla'' aún a sabiendas que “no contaba con la autorización de los propietarios''.
Incluso, luego de comparecer en el juicio oral ante el Juez de Instrucción Nº 3 de Gandía, siguió sin abandonar el chalet; por ello, se le condenó como autora de un delito leve de ocupación de bien inmueble con la pena de multa de tres meses a razón de cuota diaria de 10 euros, además de un día de cárcel por cada dos cuotas en caso de impago.
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Pero la okupa oliviense, inconforme con la sentencia que también le obligaba al desalojo de la vivienda en un plazo máximo de un mes, recurrió la condena ante la Audiencia Provincial de València.
En su defensa argumentó que la vivienda no estaba en condiciones de ser habitada y no la denunciaban los tres dueños del inmueble sino tan solo por uno. Además, no tenía intención de ocuparlo de forma permanente y que, además, no se ha negado nunca a abandonar la casa.
Para redondear su defensa dijo que como muestra de lo buena persona que era no había causado daños a la propiedad.
El magistrado de la Audiencia desestimó el recurso de apelación presentado por la okupa y confirmó en todos los términos la condena del Juzgado gandiense, además del pago de las costas judiciales.