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El primer municipio valenciano que dio el paso para que sus escombros sean valorizados y además para que los mismos se conviertan en material que sirva para llevar a cabo tanto restauraciones ambientales como también áridos reciclados, ha sido Palmera.

En sí fue aprobada una ordenanza en la cual se permitirá el cobro de una fianza a todos los promotores de cualquier obra, el cual será devuelto por parte del Ayuntamiento cuando sea justificado que los RCD, han sido una planta de valorización o también un ecoparque.

Destaca así el hecho de que si el promotor en cuestión o el constructor se decida por un vertedero, entonces el Ayuntamiento del lugar le confiscaría propiamente lo que es el aval, esto con el propósito de que se tendría que destinar, en forma obligatoria a actuaciones correspondientes a la restauración ambiental propiamente.

Dicha ordenanza fue creada, tras basarse en lo que es la fianza en sí del mecanismo de control que viene en consecuencia a estar fundamentado en el Decreto 105/2008, cuya fecha fue del 1 de febrero, y en el cual se establece el propio Programa de Prevención del Plan Integral de Residuos de la CV.

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La aplicación del aval está contemplada en todo tipo de obras. Es importante destacar que el importe en sí está marcado en el coste de gestión de lo que viene a ser propiamente los residuos detallados.

Existen obras que no requieren licencia, motivo por el cual en estos casos particulares será aplicada una fórmula de cálculo que debe ser objetiva completamente.

Aquellos que son los redactores de proyectos deberán entonces contar tanto con la separación como con la valorización de inertes. Los agentes que están autorizados para el transporte, entonces tendrán que separarse en la obra propiamente.

Conviene en sí entonces recordar que lo que viene a ser el canon a cancelar es inferior a aquel que se puede pagar por lo que son los denominados escombros limpios.

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Yeli Mendoza

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